Composición de la AMPP

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Calificación:
( 0 Calificación )

Composición de la Asamblea Municipal del Poder Popular Sibanicú

La Asamblea Municipal del Poder Popular es el órgano superior del poder del estado en su demarcación y, en consecuencia, esta investida de la más alta autoridad en su territorio, para ello dentro del marco de su competencia ejerce las atribuciones que la Constitución y las leyes le asignan.
La Asamblea Municipal está integrada por los delegados elegidos en cada circunscripción en que los efectos electorales se divide sus territorios mediante el voto libre, igual, directo y secreto de los electores.
La Asamblea Municipal del Poder Popular, al constituirse, elige dentro de sus delegados al Presidente y Vicepresidente, y designa su Secretario de conformidad con los requisitos y el procedimiento previsto en la ley.
El Presidente de la Asamblea del Poder Popular representa al estado en su demarcación territorial.
Como resultado del voto directo y secreto fue elegida como Presidenta.

Yadira

Yadira Fernández Rivero
El Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular, rinde cuenta de su gestión, en correspondencia con la presente Ley y tiene las atribuciones siguientes:
Cumplir y velar por el respeto a la Constitución y las leyes; convocar y presidir las sesiones de la Asamblea Municipal; proponer el proyecto de orden del día para las sesiones de la Asamblea Municipal; firmar y disponer la publicación de los acuerdos y ordenanzas aprobados por la Asamblea Municipal; controlar la ejecución de los acuerdos y ordenanzas de la Asamblea Municipal; organizar, orientar y controlar el funcionamiento de las comisiones de trabajo; atender y controlar el funcionamiento de los consejos populares; atender a los delegados, organizar su capacitación y asegurar que reciban las informaciones requeridas para el desempeño de sus funciones; controlar el cumplimiento del programa de despacho y otras actividades que garanticen el vínculo permanente de los delegados con la población; organizar y controlar los procesos de rendición de cuenta del delegado a sus electores; cumplir las tareas relacionadas con la defensa y el orden interior que le correspondan; exigir y garantizar la correcta atención a los planteamientos, quejas y peticiones de la población; aprobar o denegar la solicitud que se le formule para realizar audiencias públicas; adoptar, de forma excepcional decisiones sobre asuntos de competencia de la Asamblea Municipal, cuando la urgencia de la situación o el tema a solucionar lo exija, informando a esta en su sesión más próxima; proponer a la Asamblea Municipal el carácter profesional, de los presidentes de las comisiones permanentes, conocido el parecer del Consejo de Estado; dirigir y controlar lo relacionado con la comunicación institucional y el desarrollo del gobierno electrónico; atender el desarrollo del trabajo comunitario integrado y evaluar sus resultados; atender las tareas que contribuyan a la prevención y atención social; participar en las reuniones del Consejo de la Administración Municipal y otras actividades de la Administración Municipal que considere; interesar del Gobernador Provincial, la evaluación en el Consejo Provincial de asuntos relacionados con su municipio; emitir opiniones sobre los proyectos de evaluación de los miembros del Consejo de la Administración y conocer sobre el resultado de aquella, y cualquier otra que le atribuyan la Asamblea Municipal y las leyes.

En tanto resultó electa como vicepresidenta.
niurdis.jpg?1692026442

Niurdis Riverón Llanes
El Vicepresidente de la Asamblea Municipal tiene las atribuciones siguientes:
Sustituir al Presidente, de manera temporal en los casos de ausencia, enfermedad o muerte; auxiliar al Presidente en el desempeño de sus atribuciones; cumplir las atribuciones que le delegue el Presidente de la Asamblea Municipal, y cualquier otra que le atribuyan la Asamblea Municipal del Poder Popular y las leyes.


 

Secretario de la Asamblea Municipal del Poder popular

Joel

Joel Bárbaro Hernández Simón
Son atribuciones del Secretario de la Asamblea Municipal las siguientes:
Dirigir la secretaría de la Asamblea Municipal del Poder Popular; garantizar la preparación, organización y desarrollo de las sesiones de la Asamblea Municipal; comprobar el quórum en las sesiones de la Asamblea Municipal y el resultado de las votaciones; redactar las actas de las sesiones de la Asamblea Municipal; custodiar las actas y los documentos de las sesiones de la Asamblea Municipal; expedir copias certificadas con su firma y el visto bueno del Presidente, de las actas, acuerdos y ordenanzas de la Asamblea Municipal que están bajo su custodia, a los efectos que correspondan; tramitar y controlar los planteamientos, quejas y peticiones de la población que se reciban en la Asamblea Municipal, así como auxiliar al Presidente en el examen periódico de las medidas adoptadas para garantizar la correcta atención de aquellos; organizar y facilitar, en lo que le corresponde, la ejecución del programa de despacho y otras actividades que propicien el vínculo permanente de los delegados con la población, la organización y desarrollo de los procesos de rendición de cuenta del delegado a sus electores; distribuir oportunamente a los delegados la documentación requerida para las sesiones de la Asamblea Municipal; informar al Presidente sobre la ejecución de los acuerdos y ordenanzas adoptados por la Asamblea Municipal; atender todo lo relacionado con el sistema de información de la Asamblea Municipal y el análisis de sus resultados, y cumplir con las atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea Municipal, su Presidente y esta Ley.

 Organigrama Asamblea

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?
  • Actualizado: Viernes 12 Abril 2024, 10:54:35.